Como Abogado en Punta Umbría, os vengo a hablar de la atribución de la vivienda familiar a los hijos.

Ante un divorcio o separación, uno de los temas más conflictivos es la vivienda familiar y su posible atribución a uno de los progenitores.

El Código Civil en su artículo 96 regula la posibilidad de atribuir judicialmente el uso de la vivienda familiar a uno de los progenitores. Esto siempre y cuando se den algunos supuestos:

Primero, cuando uno de los cónyuges o partes ostenta la custodia exclusiva de los menores. Se atribuye el uso del domicilio familiar a los menores y, consecuentemente, al progenitor que se encuentre a cargo de estos.

La litis surge en el límite temporal del derecho de uso a favor de los menores y, por ende, del progenitor que los tiene a su cargo.

La nueva redacción del artículo 96 del Código Civil establece que el uso de la vivienda familiar corresponderá a los hijos menores de edad y al cónyuge en cuya compañía queden. Esto hasta que todos ellos alcancen la mayoría de edad.

En otras palabras, el legislador limita el uso de la vivienda familiar a la mayoría de edad de los hijos. Sin perjuicio de que las partes puedan pactar un límite distinto, por ejemplo, hasta que los hijos sean económicamente independientes.

Además, se otorga al juez la facultad de que atribuya el uso de la vivienda familiar más allá de la mayoría de edad. ¿Cuando? En casos en que los hijos se encuentren en situación de discapacidad, en función de las circunstancias concurrentes.

Dicha posibilidad de atribuir el uso de la vivienda familiar a hijos mayores de edad en situación de discapacidad ya había sido puesta de manifiesto por la jurisprudencia. Si bien, el nuevo artículo 96 del Código Civil viene a contemplar específicamente esta posibilidad.

La segunda posibilidad de atribución de la vivienda familiar a uno de los progenitores que contempla el artículo 96 del Código Civil sería la siguiente: que una de las partes presentara un interés más necesitado de protección. En este caso, limitaría este derecho en el tiempo en función de las circunstancias concurrentes.

Como abogado en Punta Umbría, si tu matrimonio peligra y necesitas más información, ponte en contacto con nuestro Despacho.

Como Abogado en Punta Umbría hoy os vengo a hablar de la atribución de la vivienda familiar a los hijos

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